150.000 € de condena a un médico por pérdida de oportunidad al no prestar el suficiente consentimiento informado

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Muchas veces en el blog de Lex Sanitaria recordamos la importancia de cumplimentar el consentimiento informado. Sin embargo, y aunque el profesional cada vez lo tiene más presente, no encontramos el consentimiento o que no está actualizado o no cumple los protocolos para su entrega y cumplimentación, llevando al juez a condenar al médico por la pérdida de la oportunidad sufrida por el paciente al no poder decidir adecuadamente si quería o no correr con el riesgo de la intervención.


En este caso estudiaremos una reclamación de más de 600.000 € en la que como consecuencia de un cateterismo realizado por el médico reclamado se causó una fístula arterio-venosa, pseudoaneurisma y hematoma retroperitoneal que le causó graves lesiones neurológicas. El elemento nuclear de la reclamación fue la falta del consentimiento informado.

La defensa presentó toda una batería de peritos y testigos que probaron sin género de dudas que la actuación del doctor fue ajustada a la praxis y a la lex artis ad hoc. Sin embargo el juez en la sentencia hizo hincapié en el consentimiento informado, dedicándole más de dos terceras de la misma.

En su sentencia concluyó que por muy bien que hubiera actuado el doctor, lo cierto es que no se le había informado al paciente de los riesgos que tenía la intervención que se le iba a realizar. Dicha violación de la información debida al paciente supone una mala praxis del quehacer médico y una pérdida de oportunidad del paciente que no puede tomar la decisión de si quiere o no arriesgarse a ser sometido a la intervención.

El juez valoró que a pesar de quedar acreditada la falta de consentimiento informado la condena no puede ser igual que si la acción del médico hubiera sido negligente. Por ello se ponderó la indemnización y se condenó al doctor al pago de 150.000 € más intereses.

 

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