¿Estoy obligado a declarar si me llaman como testigo-perito a un juicio?

6 minutos

En muchas ocasiones, los médicos son llamados a declarar en calidad de testigos-peritos. Ya que se les presupone conocimientos necesarios para poder esclarecer frente al tribunal si una actuación médica, de la que han sido participes de alguna manera, se ha realizado correctamente desde el punto de vista de la praxis médica. Con frecuencia, el facultativo se plantea si está obligado a asistir a la vista, o si debe responder a todas las preguntas que se le planteen. Del mismo modo, surgen dudas sobre las consecuencias de no acudir a la declaración, o negarse a responder determinadas preguntas.

Antes de abordar lo anterior, nos debe quedar clara una idea. No existe declaración sin riesgo, ni testifical que no requiera una previa preparación. Es importante que disponga de un despacho de abogados que le asesore y guíe en las comparecencias que tenga que hacer en el Juzgado, así como en preparar la declaración. Ya sean civiles, penales o administrativas. Un buen seguro debe cubrir esas contingencias, como el Premium de Uniteco.

¿Estoy obligado a declarar y acudir al juicio si me llaman como testigo?


La Constitución Española establece como norma general, en su artículo 118, que todos tenemos el deber de colaborar con la justicia, por tanto estamos obligados a declarar si así se nos requiere:

  • Por otro lado, la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en su artículo 410, obliga, a todos aquellos que residan en el territorio nacional, con independencia de la nacionalidad, a que acudan al llamamiento judicial. Así como a declarar por los hechos que se nos preguntan.
  • Igualmente, el artículo 702 de la referida ley, viene a decir que aquellos que conforme al artículo 410 estén obligados a declarar “lo harán concurriendo al tribunal”.
  • Por último, también el artículo 707 de esta ley establece que “los testigos que no se hallen privados del uso de su razón están obligados a declarar lo que supieren sobre lo que les fuere preguntado…”.

En este sentido, queda claro que tenemos obligación de acudir al juzgado cuando seamos citados para declarar. Y que también tenemos obligación de contestar sobre aquello que se nos pregunte.

Habría que matizar que, en la práctica, sólo estaré obligado a declarar a aquellas preguntas que estén relacionadas con el fondo del asunto que es objeto de la controversia. Si dispone de asesoramiento jurídico, le indicarán cómo preparar esa declaración para acudir al Juzgado con seguridad.

¿Qué ocurre si no acudimos a la citación?

 
La Ley de Enjuiciamiento Criminal prevé una sanción de multa para aquellas personas que no acuden al llamamiento judicial para declarar sobre lo que le fuese preguntado. Esta sanción está recogida en el artículo 420, que prevé una multa de entre 200 y 5.000 euros. También prevé que, si se persiste en no acudir a declarar, los agentes de la autoridad se encargarán de llevar a la persona citada ante el juez. Llegando, incluso, a ser perseguidos por el delito de obstrucción a la justicia.

En la práctica, si no se acude a declarar cuando se nos ha citado como testigo, el tribunal nos enviará una nueva citación. En este momento ya, con apercibimiento en caso de no acudir a la misma. Se nos impondrá la sanción prevista en la ley. Por tanto, la sanción no se impone de inmediato.

¿Qué ocurre si acudimos al juzgado y nos resistimos a declarar sobre lo que nos pregunten?


En este caso la ley prevé una sanción de multa de 200 a 5.000 euros. Además, en el supuesto de persistir una actuación de resistencia al llamamiento, se podrá condenar por desobediencia grave a la autoridad.

Las sanciones, anteriormente mencionadas, se aplicarán o no en función de cada caso concreto. Se valorará si existe una justificación al incumplimiento y, por supuesto, la trascendencia del asunto que se está juzgando. De hecho, quien nos proponga como testigo-perito, podría renunciar a la prueba de esa testificación. Y el Juzgado, por tanto, considerar que no es necesaria invalidando la citación inicial.

Un caso muy reciente, es el de la mujer que ha fallecido tras practicarse una lipoescultura en Murcia. Ante la denuncia de la familia, el especialista no se presentó a prestar declaración.

​ ​

Deja un comentario

2 comentarios

Rosi

18 de febrero de 2024 13:48

Me puedo negar a asistir a un juicio como testigo, ya que no conozco ni la persona que me citó ni se la causa

Uniteco Profesional

19 de febrero de 2024 09:06

Buenos días, Rosi. Como correduría no estamos en disposición de ofrecerle una respuesta a su pregunta. Sin embargo, le ofrecemos la posibilidad de contactar con nuestro despacho de abogados asociados, DS Legal. Ellos, como expertos en Derecho Sanitario, podrán ayudarle con todas sus dudas, así como asesorarle en caso de que deba presentarse. Puede encontrar más información sobre este mismo tema en su web en https://dslegal.es/#/lexpost/ignorar-citacion-judicial-error/88. Si desea contactarles directamente, puede hacerlo en contacto@dslegal.es o llamando al 912 12 13 90. Esperamos que la respuesta sea de su ayuda. ¡Muchas gracias por escribirnos!

​ ​