Solicitan 150.000 € por la pérdida de un riñón tras una histerectomía

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En la mayoría de las reclamaciones que acaban en un juzgado se demuestra la importancia de disponer de una correcta documentación. En este caso los consentimientos informados y las hojas de control pudieron hacer ver a la juez el desarrollo del caso clínico que, básicamente, se refería a una paciente operada de una histerectomía que, meses después, se le hubo de extirpar un riñón por hidronefrosis.

La paciente fundamentaba su reclamación en que la ginecóloga, que la revisaba periódicamente, observó la presencia de dos miomas y ante su crecimiento se decidió a derivarla a cirugía para realizar una histerectomía abdominal con doble anexiotomía. Durante la estancia hospitalaria post-quirúrgica, la demandante se quejó de un intenso dolor abdominal que fue achacado a gases, pautando Nolotil y Perfalgán, dándole el mismo día de la operación Dolantina y días más tarde Buscapina sin que se refirieran más datos relativos a dolor en la historia clínica.

Un mes más tarde la reclamante decidió operarse de una reconstrucción mamaria con un cirujano plástico sin que existiera evidencia de dolores post-quirúrgicos a lo largo de la historia clínica.

En una revisión oncológica, meses después de la intervención, ya que se le había realizado una mastectomía por adenocarcinoma de mama izquierda años atrás y mastectomía simple, aparece una cifra de creatinina elevada y en la ecografía abdominal se aprecia una moderada dilatación pielocalicial y del uréter de nueva aparición, siendo diagnosticada de hidronefrosis izquierda y tras varios ingresos hospitalarios y realización de pruebas, la demandante es intervenida en la clínica de una nefrectomía simple izquierda laparoscópica.

La reclamante entendió que se había vulnerado la lex artis ad hoc por parte de las demandadas, por la falta de un protocolo quirúrgico en la historia clínica, por un error diagnóstico en el dolor post-operatorio que impidió solucionar el problema y salvar de esa manera el riñón izquierdo, pues antes de la operación llevada a cabo por las demandadas no tenía insuficiencia renal ni hidronefrosis del riñón izquierdo, por lo que fue en dicha operación donde de manera inconsciente se procedió a la ligadura del uréter pelviano, al existir una relación de proximidad entre el uréter y el aparato genital.

Además de todo esto aducía una falta de un adecuado y suficiente consentimiento informado. Por todo lo referido solicitó, por la cicatriz que se realizó para la extracción del riñón 45.000 euros, por la pérdida del riñón 60.000 euros, por el perjuicio psicológico 20.000 euros y por los días impeditivos, al tardar 272 días en curar, 12.144,80 euros. En total la demanda se acercaba a los 150.000 euros.

Por la defensa de las doctoras, llevada a cabo por el despacho DS Legal Group, se opusieron a la reclamación al entender que no solo se había cumplido con la lex artis ad hoc, sino que además no existía relación alguna entre el daño sufrido y la acción u omisión de las doctoras.

Se trajo a colación del procedimiento para la defensa de los intereses de las doctoras los antecedentes clínicos personales de la actora, la realización del diagnóstico correcto, la intervención indicada, la aptitud de la paciente para ser intervenida, la información suministrada tanto verbal como por escrito, como constaba en el consentimiento informado.

Asimismo, la intervención que se practicó cursó sin incidentes como se reflejaba en la historia clínica, demostrándose que no era cierto que la paciente sufriera en el post-operatorio intensos dolores abdominales, sino los inespecíficos abdomino-pélvicos habituales de la intervención realizada, además de que nunca presentó dolor en la fosa renal sospechosa de atrapamiento uretal de tipo cólico.

También se demostró que el control por parte de la doctora fue el correcto para este tipo de intervenciones y el alta se ajustó a los protocolos médicos. Además en seguimientos posteriores al alta tampoco existía ninguna referencia a la posible clínica de dolor.

En definitiva no se había probado que la estenosis del uréter fuera como consecuencia de una mala praxis de la cirujana, al poder estenosarse por diversas causas, incluida la fibrosis post-quirúrgica que es imprevisible e inevitable.

De la prueba practicada la juez entendió, respecto a la intervención quirúrgica, que no podía relacionarse la lesión uretal sufrida por la paciente, ni en consecuencia que hubiera sido debida a una mala praxis en la intervención realizada.

En lo que se refiere al post-operatorio, en contra de lo manifestado por la paciente, que no existían pruebas de que durante los días que estuvo ingresada sufriera dolores fuertes e intensos, ya que según se recoge en las hojas de control, no tenía fiebre, ni se levantaba. Lo único que se recoge es que sufría de ardores, pasaba bien las noches y manifestaba –a los días- encontrarse bien y sin dolor, lo que continúa manifestando al día siguiente por la mañana. Por la tarde se le dio Buscapina y refería malestar, pasando la noche tranquila y, después de administrarla microlax, se le da el alta hospitalaria.

Dado que el dolor post-quirúrgico es habitual en este tipo de cirugías, según refieren los peritos y que dicho dolor en ningún momento se ha acreditado que fuera intenso o insoportable como refería la demandante o el testigo por ella propuesto, ya que si hubiera sido cierto lo normal hubiera sido acudir al hospital, o a la consulta de las doctoras o, al menos, se hubiera puesto en contacto telefónico con ellas. Al contrario, cuando días después acudió a quitarse los puntos no refería dolor, ni tampoco lo manifiesta a su ginecóloga cuando mes y medio después acudió a su consulta. Nada de esto sucedió y, de hecho, acudió a realizarse una reconstrucción mamaria en esas semanas.

Por todo ello se concluye que, al no aparecer durante el post-operatorio, ni con posterioridad al alta, ningún síntoma que permitiera a la cirujana sospechar que existiera una lesión que aconsejara realizar una ecografía de control, no puede considerarse que existiera una mala praxis por parte de esta doctora en el post-operatorio, ni por supuesto de la ginecóloga que, ni intervino en la operación, ni tenía porqué intervenir.

En lo referente al consentimiento informado se determinó que la paciente firmó el consentimiento tipo para histerectomías, días antes de la intervención, en el que se señalaba como complicaciones habituales las infecciones urinarias y lesiones uretrales. En este consentimiento también consta que se le han facilitado las explicaciones en un lenguaje claro y sencillo, permitiéndole realizar todas las observaciones y aclarando las dudas planteadas, teniendo además en cuenta, a estos efectos, que la demandante es de profesión catedrático.

Igualmente consta la firma del consentimiento informado de anestesia y en la autorización de ingreso en el hospital hace constar que ha sido informada de todo lo concerniente a su intervención y que conoce todos los riesgos que tiene la operación. Presentados estos hechos se constató que se había transmitido la información adecuadamente, según la ley y la jurisprudencia, por lo que no puede estimarse que existiera ausencia o insuficiencia del consentimiento informado.

En conclusión la sentencia falló a favor de las doctoras, desestimando las pretensiones de la reclamante y condenándola a las costas procesales del procedimiento.

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