Mala praxis en parto

No existe mala praxis si se respeta rigurosamente el protocolo

6 minutos

Una paciente acudió a una clínica para ser intervenida por cesárea, dando a luz a su tercer hijo. Como antecedentes, dos cesáreas con insuficiencia renal por AINES, presentando además hernia discal e insuficiencia renal. Por ello, ¿hay mala praxis cuando se respeta el protocolo?

CTA seguro Responsabilidad Civil Profesional

La intervención se realizó con anestesia raquídea intradural por punción de dura; no pudo utilizarse la epidural, ya que, tras varios intentos, presentaba salida de líquido cefalorraquídeo (LCR), por lo que se empleó anestesia espinal.

La cesárea se realizó sin complicaciones y al terminar se le advirtió a la paciente la posibilidad de sufrir dolores de cabeza, ofreciéndole un parche hemático para paliar las posibles consecuencias de la punción, ofrecimiento que la paciente rechazó. Al día siguiente comenzó a presentar cefaleas, por lo que se le volvió a sugerir la utilización del parche, rechazándolo de nuevo.

Dos días después la paciente refirió mejoría, no presentando cefaleas. Al tercer día, indicó haber tenido vómitos, por lo que se le diagnosticó una cefalea postpunción dural (CPPD) de 48 horas de evolución, controlada con analgesia, refiriendo dolor cervical además de cefalea leve. Se le ofreció de nuevo el parche hemático, tratamiento que volvió a rechazar por miedo a la punción.

Al día siguiente la paciente refirió estar mejor, por lo que se le retiró la bomba de cefalea, continuando con tratamiento oral que mejoró su estado. Propuso abandonar la clínica, por lo que al día siguiente recibió el alta. Por cuarta vez, se le sugirió utilizar un parche hemático y realizar una resonancia magnética para conocer la magnitud de la pérdida de LCR antes de recibir el alta, ambos rechazados de nuevo.

Mala praxis si sigues el protocolo

¿Mala praxis por el alta médica?

El día siguiente al alta, volvió a la clínica por una fuerte cefalea, suministrándole bomba analgésica e ingresando en la UVI, donde se le detectó un hematoma en el hemisferio izquierdo que aumentaba la presión intracraneal, existiendo sangrado también en el hemisferio derecho. Un día después se informó a la familia de la necesidad de intervenir de urgencia a la paciente, ya que el hematoma comprometía su vida. Tras ello la situación no mejoró, localizando vasoespasmos agudos que afectaban a la oxigenación cerebral, por lo que se informó a la familia de la necesidad de buscar un centro de rehabilitación neurológica.

Tras la estabilización de las secuelas cerebrales y el reconocimiento de una incapacidad del 91%, el tutor de la paciente presentó una demanda contra los doctores anestesistas responsables de la punción intradural, alegando mala praxis en la técnica de anestesia y en el posterior tratamiento por falta de medios.

Conclusiones sobre la mala praxis

Una vez contestada la demanda y practicadas las pruebas en el juicio, el magistrado llegó a las siguientes conclusiones:

Con base en la historia clínica, no pudo determinarse que se produjeran varios intentos fallidos de punción, como tampoco que las cefaleas fueran intensas ni que los doctores las consideraran atípicas, tal como sostuvo la demanda. Debido al ingreso de urgencia, la ingesta de alimentos y los antecedentes de la paciente, la cesárea con anestesia epidural era lo más apropiado. En este caso, la punción dural accidental es una complicación descrita durante la realización de la anestesia epidural, por lo que no pudo considerarse que la realización de varios pinchazos fuera algo negligente. No pudo comprobarse la presencia de cefaleas ni dolores cervicales intensos y persistentes, sino que fluctuaban y estaban asociados a la postural, dato esencial en el diagnóstico de la CPPD. Por todo ello se determinó un diagnóstico correcto.

El parche hemático, con un alto porcentaje de éxito, le fue ofrecido en varias ocasiones a la paciente, si bien, al no haberlo admitido, no puede saberse si el resultado hubiera cambiado. No hubo retraso en realizar la resonancia, puesto que no se trataba de una emergencia, dada la situación de la paciente al haber ingerido alimentos en el desayuno. Tampoco hubo retraso en la intervención ya que la situación de espera era adecuada tras el resultado de la resonancia, dada la multiplicidad de focos hemorrágicos.

Por todo ello el juez concluyó que no hubo falta de medios ni pérdida de oportunidad, por lo que decidió absolver a los facultativos.

​ ​

​ ​