Odonto-estomatología: ¿qué hacer ante reclamaciones por rotura de material quirúrgico?

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Aunque para el ciudadano de a pie pueda parecer un hecho impensable, lo cierto es que los materiales con los que trabajan los profesionales sanitarios pueden romperse durante las intervenciones. Si bien esta rotura de material es un hecho excepcional, se puede producir, por lo que es muy importante tener fijados unos protocolos de actuación para minimizar los riesgos de una reclamación.

El primer consejo sería que este riesgo se incluya en el consentimiento informado que se entrega a los pacientes. Es decir, el consentimiento informado completo no solo debe de recoger posibles riesgos inherentes al procedimiento sobre el paciente sino otros aspectos que quedan fuera de la esfera de control del profesional.

El segundo consejo es, en caso de tener sospecha de que se haya podido producir esta rotura, realizar una prueba diagnóstica para poder confirmar este hecho, informar al paciente, explicar las alternativas, y consignar estos extremos en la historia clínica. El paciente conforme al derecho que le da la Ley 41/2002 tiene que tener autonomía para poder decidir qué actuación quiere realizar.

El tercer consejo es realizar un seguimiento del paciente en consultas. Sabemos que no siempre el hecho de que queden pequeños restos quirúrgicos supone que estos produzcan una reacción, sin embargo es conveniente que se den citas al paciente para poder valorar si existen cambios clínicos y con ello estaremos cumpliendo correctamente con el protocolo.

A pesar de todo lo anterior, no estamos exentos de sufrir una reclamación por lo que en el caso de que nos llegara debería informar a Uniteco Profesional para que le ponga en manos de especialistas que le asesoren legalmente y le informen de cuáles son los pasos que debe seguir para defenderse. Es importante tener presente que aunque se produzca este hecho no significa que exista una mala praxis o una obligación de indemnizar, por lo que no debemos asumir las quejas de paciente por hechos que quedan fuera de nuestra esfera de control.

Dentro de esta tipología de reclamaciones son relativamente frecuentes las roturas de limas en tratamientos de endodoncias. Muchos profesionales entienden que este tratamiento no es susceptible de obtener un consentimiento informado por escrito, lo cual supone un error que entendemos que con este artículo se irá subsanando e implantándose en las distintas clínicas la obtención de consentimientos informados escritos firmados por los pacientes.

En estas reclamaciones podríamos distinguir, los supuestos en los que sí tenemos constancia o sospecha de la rotura y en los que no tenemos dicha sospecha. Para una mayor seguridad de que el tratamiento está perfectamente realizado, recomendamos realizar una RX de control con el fin de confirmar no solo que el tratamiento se ha realizado correctamente, sino que además no hay evidencia de restos de material quirúrgico.

Si finalmente se observa dicha incidencia se deberá de proceder a informar al paciente y las alternativas que se pueden realizar. La mayoría de las reclamaciones ya sean civiles o penales vienen como consecuencia de que el profesional no ha informado al paciente y posteriormente otro compañero ha diagnosticado la presencia de esta lima. El paciente al conocer este hecho se siente engañado y estafado, y, por lo tanto, con derecho a reclamar.

La máxima por lo tanto es que tenemos que tener presente que son riesgos que se pueden producir, que no significa que exista una mala praxis o una obligación de indemnizar, pero que es importante que el paciente se encuentre informado y pueda decidir qué alternativa desea realizar en caso de producirse este riesgo.

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1 comentario

Anónimo

5 de noviembre de 2013 01:24

por lo general siempre se debe indemnizar y solidariamente a todos los que participan en la cirugía o evento

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