Pena de banquillo durante 4 años

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Se somete a pena de banquillo durante 4 años a un profesional que actuó de conformidad a la lex artis ad hoc, debido a un error durante la instrucción judicial.

El fiscal y la acusación solicitaron la pena de prisión, inhabilitación profesional y más de 400.000€.

Resultado: absolución
En la balanza dos opciones: hemorragia o embolia, difícil elección. En la práctica quirúrgica diaria se presentan dilemas en los que la salud del paciente corre riesgos. El estudio de los médicos es fundamental en la decisión que se tomará finalmente.

Traemos a colación una sentencia absolutoria en la que este dilema estuvo presente y se optó por el mal menor. Además se acusó al especialista equivocado: al que había realizado el preoperatorio en lugar de al que había tomado la decisión.

Una paciente había sufrido años atrás un episodio isquémico y se le recetó Sintrom para paliar futuros riesgos embólicos. Al cabo del tiempo el ginecólogo de la paciente detecta un quiste en el endometrio y aconseja su extirpación por el alto riesgo de hemorragia que presentaba.

Análisis de riesgos
Para estudiar el caso y preparar la intervención se dieron cita profesionales de varias disciplinas: medicina interna, ginecología, hematología y anestesiología. En el preoperatorio el médico de medicina interna valoró los riesgos de la retirada de la medicación anticoagulante ante una operación que cada vez requería de mayor urgencia.

Tras la operación la paciente comienza a sentir molestias que, en el postoperatorio, se asocian a síntomas de la propia operación. La paciente advirtió a los profesionales durante este postoperatorio que debía de tomar el Sintrom. Finalmente se puso el tratamiento a las 48 horas, dando a la paciente de alta, sin que estuviera restablecida completamente.

Problemas tras la operación
La paciente vuelve a urgencias hasta en dos ocasiones. En ambas ocasiones no fue ingresada y, finalmente, se desmayó en casa por lo que fue trasladada al hospital para su tratamiento.

La paciente había sufrido un infarto cerebral que le causa deterioro de las funciones cerebrales superiores, hemiparesia moderada, y otras secuelas concurrentes transtorno depresivo reactivo y un perjuicio estético notable.

La paciente denunció al centro, a los médicos que realizaron la intervención además de a su médico de confianza, quien no intervino ni en el intraoperatorio ni en el postoperatorio.

Absolución
El juez absolvió al único médico que fue juzgado, el médico internista de confianza de la paciente, quien solo actuó en el preoperatorio al comprobar que su enjuiciamiento fue un error judicial durante la instrucción penal. También se reseña que la actuación del acusado fue la correcta, es decir, retirar el Sintrom ante una operación necesaria ante el riesgo de hemorragia por el quiste.

A pesar de la absolución el juez criticó que no se siguiera con diligencia el postoperatorio de la paciente por parte del equipo médico del hospital donde se realizó la intervención quirúrgica dejando abierta la posibilidad de la vía civil a la demandante.

El fondo de la sentencia reconoce el error de haber enjuiciado al médico internista, quien tuvo que sufrir 4 años de calvario judicial hasta que finalmente resultó absuelto por sentencia.

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