Un médico es condenado a pagar 15.000 euros por hacer entrega de un consentimiento informado general

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En la sentencia de esta semana analizamos un procedimiento civil iniciado por un paciente de 65 años de edad, en la que reclamó la cantidad de 120.000 euros. Esta cuantía se basó en una supuesta responsabilidad por parte de un traumatólogo al infligir daño durante una intervención; una artroplastia total de cadera izquierda.

La paciente estableció en la demanda que, con anterioridad a la intervención celebrada, podía valerse por sí misma de manera independiente y con capacidad de movilidad, exponiendo en este sentido que si consintió la operación fue porque el doctor demandado le garantizó que con ello resolvería su dolencia de cadera y mejoraría su calidad de vida.

Sin embargo, el resultado que se obtuvo tras la operación de prótesis total de cadera le llevó a una situación mucho peor que la que tenía. La paciente presentó un intenso dolor en la cadera izquierda, con sensación de falta de fuerza en toda la pierna izquierda y alteraciones en la sensibilidad de dicho miembro. Con esto, el doctor indicó que le realizaran una radiografía de columna y cadera para descartar que no había ninguna rotura, lo cual fue confirmado tras el traslado de resultados. Por ello se decidió el alta hospitalaria a los 14 días de la operación.

Con posterioridad a la operación, la paciente tuvo que acudir en multitud de ocasiones a consultas de traumatología, neurología, unidad del dolor, fisioterapia, etc., recibiendo por tanto numerosos tratamientos médicos y rehabilitadores a causa de los fuertes dolores y sintomatología en la pierna izquierda. En este mismo sentido, se confirmó -tras comprobar el electromiograma- la existencia de mononeuropatía axonal severa del nervio femoral izquierdo localizado en la pelvis (denervación en músculo iliopsoas) con signos de denervación activa en el momento actual. Asimismo, se realizó una gammagrafía que demostraba el estudio compatible con movilización séptica del componente femoral de la prótesis de cadera izquierda.

Con todo lo anterior, la paciente optó por la alternativa planteada por otro traumatólogo, que insistía en realizar una segunda operación para el proceder al recambio del cotilo movilizado, implantándose cotilo de Tantalio. Tras el alta hospitalaria y como revisión periódica, el doctor que realizó la segunda operación mencionada solicitó el electromiograma que demostró la lesión axonal severa del nervio femoral izquierdo y leve moderada del nervio femorocutáneo izquierdo. Por lo que, 4 meses después de la operación de recambio, desde la unidad del dolor se realizó un bloqueo del trocante mayor y de la rodilla izquierda que transcurrió con normalidad.

Para rebatir todas las manifestaciones expuestas por el paciente, la defensa del doctor que realizó la primera intervención expuso que la paciente ya sufría una patología previa de columna que le afectaba a la extremidades inferiores, en concreto se le había realizado previamente (6 años antes) una cirugía de hernia discal L-4 L-5 metatarsiana bilateral y cervical fría con pinzamiento de C-5 C-6, razón por la cual se programó una intervención quirúrgica a cargo del servicio de traumatología del hospital donde el doctor prestaba servicios.

Un hecho determinante en la sentencia fue que no se firmó el consentimiento informado específico para este tipo de intervenciones, ya que lo que en su día firmó la paciente fue un documento genérico, más concretamente un consentimiento para intervención quirúrgica y exploraciones especiales, por lo que había sido informada de forma oral de los riesgos inherentes a la intervención.

En cuanto a la afectación axonal del nervio femoral izquierdo y la movilización séptica posterior de la prótesis que finalmente sufrió la paciente, la parte demandada alegó que se trataba de complicaciones reconocidas como inherentes a este tipo de cirugías. A mayor abundamiento, los episodios de dolor que padeció la paciente en el postoperatorio fueron absolutamente normales.

Con todo lo anterior, el juzgado de la primera instancia determinó, entre otros aspectos, que el consentimiento informado no fue suficiente, aunque absolvió a la entidad médica y condenó al doctor al pago de 15.000 euros.

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