La ausencia de documentación clínica también condena a los médicos

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Esta semana traemos una sentencia de segunda instancia en la que no solo se ratificó la mala praxis de un médico, sino que además se le duplicó la cantidad indemnizatoria hasta los 40.000 euros.

El caso se remonta a una primera reclamación de un paciente contra el facultativo por una necrosis en el pezón tras varias operaciones de mastectomía por ginecomastia. Tras este primer juicio el médico fue condenado por mala praxis y a indemnizar a su paciente con 20.000 euros.

En el primer juicio el doctor alegó que el daño de la necrosis no obedecía a una actuación negligente de la práctica quirúrgica, sino que se debió a un proceso infeccioso cuya aparición no se pudo evitar a pesar de la profilaxis antibiótica.

A lo largo del juicio se demostró que esto no era del todo correcto ya que este cirujano solo había aplicado profilaxis en la zona tratada durante la operación sin pautar antibióticos tras la intervención. El tratamiento recomendado se limitó a analgésicos y antiinflamatorios. Estos hechos fueron ratificados por el cirujano ayudante, uno de los testigos del juicio.

Además el doctor tampoco fue capaz de aportar otros documentos fundamentales para demostrar su inocencia. No se consiguió aportar un consentimiento informado de la intervención que pudiera demostrar al menos que el paciente había consentido en afrontar los riesgos inherentes a la operación. Tampoco se aportó el informe de alta, del que se pudieran inferir los cuidados que debía seguir el paciente, así como el resto de documentos esenciales para demostrar la inocencia, al menos parcial, del cirujano.

En este caso, además, cobró especial relevancia el consentimiento informado. Uno de los peritos explicó que la necrosis que sufrió el paciente no suele ser una complicación habitual en estas intervenciones, dada la patología de base. La ausencia del consentimiento no pudo demostrar que hubiera avisado al paciente de esta posibilidad, aunque fuera muy remota.

No contento con este desenlace el doctor recurrió la sentencia, reafirmándose en que la infección que terminó en necrosis no se podía haber evitado de ninguna manera.

A pesar de los intentos de la defensa no se pudo afirmar con certeza que la necrosis fuera una causa exógena de la intervención practicada.

El problema adicional surgió cuando el tribunal reexaminó los argumentos de la primera sentencia que condenaron al cirujano. En ellos se mencionaba exclusivamente que el daño se circunscribía al ámbito médico, sin consideraciones hacia la parte estética del tratamiento. Esta segunda sentencia estimó que no eran adecuadas las consideraciones sobre la doble finalidad terapéutico-estética de una mastectomía por ginecomastia.

Citamos textualmente: “La prueba asevera que la intervención de autos, mastectomía, con extirpación completa de la glándula o tejido mamaria se hizo al padecer el actor la patología de base, ginecomastia bilateral, esto es con finalidad terapéutico-curativa, patología que consiste en la hipertrofia o crecimiento exagerado de la glándula mamaria masculina que ocasiona molestias, dolor, trastornos psicológicos y mayor predisposición a padecer cáncer de mama, como así explicaron los testigos”.

Aquí reside la razón principal por la que la Audiencia Provincial duplicó la cuantía indemnizatoria. Esto significa que esta segunda sentencia sí atendió las peticiones del paciente por que le fuera reconocido un daño estético que derivó en un daño moral, que sí debía ser indemnizado.

Hay que destacar también varios puntos en esta sentencia que consideramos de especial interés. En primer lugar, el aumento de la indemnización en atención a la valoración de los daños morales que hace la Audiencia rechazando los argumentos que se utilizaron en la sentencia de primera instancia.

Por otra parte, la no indicación de antibióticos tras la segunda intervención, no siendo suficientes los profilácticos, analgésicos y antinflamatorios recetados, reafirma la mala praxis.

Y finalmente que apenas existieran pruebas documentales: ni consentimiento, ni informe de alta con las pautas que debía seguir el paciente, ni otra documentación complementaria.

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