Las consecuencias legales de equivocarse o retrasarse en un diagnóstico médico

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En el siguiente caso vamos a ver lo que supone equivocarse en un diagnóstico y retrasarse en su valoración. También en esta sentencia veremos lo que conlleva la pérdida de oportunidad hacia el paciente y las consecuencias que puede generar. Un caso peliagudo que acabó con un recurso de apelación porque la paciente consideró que se no se le había indemnizado debidamente.

Se interpuso recurso de apelación ante la Audiencia Provincial por estar en desacuerdo una paciente con la decisión de la sentencia de primera instancia en la que se condenaba a un doctor demandando al abono de 20.000 euros más costas porque no le había diagnosticado un carcinoma mamario, dándose, por tanto, error en el diagnóstico, cuando ella había solicitado más de 300.000 euros en su demanda.

Los hechos eran los siguientes: el doctor denunciado era el ginecólogo de la demandante desde hacía tiempo. En el curso de un control ginecológico, al referir la paciente tensión y dolores sobre todo en la mama derecha, le prescribió la realización de una mamografía. En ella se apreció una alta densidad glandular en  la mama derecha, por lo que el radiólogo aconsejó al ginecólogo ampliar el estudio radiológico para descartar con mayor seguridad la existencia de lesiones nodulares u otros tipos de patología. El doctor omitió dicho consejo y le recetó una pomada, diagnosticándole erróneamente una mastalgia.

Ante el mal estado de salud en que se encontraba la paciente tras lo anterior, acudió, tres meses después a un hospital público donde le realizaron una mamografía y le diagnosticaron una tumoración mamaria que, tras ser estudiada por anatomía patológica, resultó ser un carcinoma lobulillar infiltrante tipo clásico sin componente in situ asociado con invasión vascular linfática y necrosis focal presente en el tumor.

Por tanto, concluía la primera sentencia, que la omisión de la mamografía motivó una cronificación de la enfermedad, produciendo linfedema en miembro superior derecho de Grado II con dolor neuropático y limitaciones en la movilidad activa del hombro derecho afectado, teniendo además que proceder a la castración quirúrgica, todo lo cual se podía haber evitado. En definitiva, existía un error en el diagnóstico.

A la vista de lo anterior, la paciente estaba de acuerdo con el contenido de la sentencia, pero no con la indemnización establecida. Expuso en su recurso que la cuantía objeto de condena no está completamente justificada.  En este sentido, la defensa del doctor se opuso a las alegaciones de la reclamante remitiendo a que el radiólogo simplemente sugiere ampliar el estudio, y no lo trata como algo urgente.

Exponía la sentencia de instancia que la valoración debía basarse en la pérdida de oportunidad (la tardanza de un diagnóstico precoz del cáncer de mama) que se ocasionó a la demandante al no haber efectuado la ecografía en abril, es decir, sólo tres meses antes de cuando se realizó y se le detectó la tumoración. Por eso observa correcta la conclusión del perito del demandando cuando dice que no procede valorar la mastectomía bilateral ni el perjuicio estético. Tampoco la pérdida de los dos ovarios, pues no fue consecuencia del retraso en el diagnóstico, sino que el tratamiento no dio el resultado esperado.

Con todo, sí que se tiene en cuenta el daño moral sufrido por la demandante por el retraso en el diagnóstico, esa pérdida de oportunidad citada anteriormente, que finalmente es valorada por la Audiencia en 50.000 euros ya que entiende que, de haber existido los tratamientos en un principio, de alguna manera habrían sido menos perjudiciales, aunque hubiera desembocado el tipo de cáncer en otros tratamientos más agresivos.

Además, para este incremento en la indemnización, la sentencia de la Audiencia Provincial ha tenido en cuenta la incertidumbre por no habérsele realizado la mamografía en esos tres meses, cuando la paciente era consciente de la necesidad de la misma porque otro profesional se lo había aconsejado a su ginecólogo.

Un claro ejemplo de que un error en el diagnóstico o, simplemente, un retraso en este, puede ocasionar muchos problemas legales al facultativo.

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