Los plazos de los procesos judiciales son fundamentales en las estrategias de defensa

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Cuando un paciente reclama, es importante que tenga la certeza de quién fue el doctor que le intervino y, sobre todo, presentar la reclamación antes de que esta pueda prescribir. Este es el caso de un paciente que, tras varios años de dolor en la cadera derecha, fue intervenido mediante artroscopia en 2013 por rotura del Labrum. Previamente había firmado los consentimientos informados de anestesia y de cirugía artroscópica.

El paciente manifestó que, desde el momento de la intervención, notó insensibilidad de la zona perineal y anestesia en la zona genital, acudiendo a Urgencias pocos días después. El diagnóstico que recibió fue de neuroapaxia del pudendo post artroscopia de cadera. Debido a que esta insensibilidad no remitía, acudió a otro centro donde le fue diagnosticada una neuropatía mixta subaguda/crónica en nervios pudendos de intensidad leve, con signos de regeneración activa, realizando tratamiento rehabilitador en el servicio de Urología de otro hospital.

El neurólogo rehabilitador diagnosticó al paciente neuropatía traumática por estiramiento y/o compresión de los nervios pudendos entre la pelvis y el poste. Esto afectó a ambas ramas del pudendo, anal inferior perineal superficial y profundo y dorsal del pene, presentando hipo disestesia en la zona genital, más pronunciada en el dorso del pene y disfunción eréctil. Se indicó lesión persistente crónica del nervio dorsal del pene, rama del pudendo, indicando que la lesión era ya definitiva dado el tiempo transcurrido. Posteriormente se le realizó al paciente un estudio de neurofisiología, en la que se concluyó que existían signos de afectación axional parcial de intensidad leve de los nervios pudendos derecho e izquierdo con afectación de sus ramas motoras y sensitivas, observándose signos de denervación. Se destacó también que el afectado llevaba meses recibiendo tratamiento psicológico por la disfunción sexual adquirida y trastorno del estado de ánimo.

Ante este estado tan crítico de salud y bienestar mental, el paciente consideraba que había habido claros indicios de mala praxis médica al no haber sido informado de que la cirugía podría producir impotencia. Por esto decidió reclamar a la clínica en la que fue intervenido y al doctor que, según él, llevó a cabo la intervención presentando una demanda en la que reclamaba la cantidad de 65.122 €, más intereses.

Ante esto, el doctor se puso en contacto inmediatamente con su seguro y a partir de aquí entraron en escena los abogados de DS Legal Group. Gracias a la investigación de los letrados, al revisar el consentimiento informado que había sido aportado como documentación de la demanda, se descubrió que el doctor que atendió al paciente no fue el denunciado, ya que solo había actuado como asistente, si no que fue el jefe de la Unidad de Cadera de la clínica donde fue intervenido. Esto, añadido al testimonio del propio jefe de la Unidad, que declaró a favor del demandado, fue un factor clave a la hora de convencer al juez de que el médico demandado no era el responsable, puesto que no había llevado a cabo la intervención que había desencadenado todo este desafortunado suceso, sino que simplemente había asistido al doctor que la había llevado a cabo en su momento.

Pero además de esta prueba, que eximía de toda responsabilidad al doctor, existía también un hecho clave que, independientemente de las pruebas o ausencia de ellas, liberaría al doctor de la responsabilidad: la prescripción de la acción. La intervención se realizó en 2013 y la estabilización de la lesión se produjo en noviembre de 2015. El juez entendió, por estos plazos, que la responsabilidad extracontractual había prescrito al haber pasado más de un año entre la estabilización de las lesiones y la interposición de la demanda.

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