Capital mínimo seguro de Responsabilidad Civil

¿Puede agotarse el capital disponible en mi seguro de Responsabilidad Civil?

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¿Qué pasaría si un médico fuera a comunicar un siniestro de responsabilidad civil profesional y se encontrara con que no hay dinero para hacerla frente? Esta situación es más habitual de lo que parece entre aquellos que no cuentan con un seguro personal, pues confían en que el seguro público le cubrirá de las reclamaciones que pueda sufrir. No obstante, estas pólizas suelen ir acompañadas de letra pequeña y, llegado el caso, podríamos agotarse el capital de tu seguro de Responsabilidad Civil. En ese caso, pese a contar con un seguro, tendremos que pagar la indemnización con dinero personal. Lo explicamos.

Conceptos del seguro de Responsabilidad Civil

Un facultativo tuvo que pasar por esa situación cuando al comunicar un siniestro a la aseguradora, por una demanda de 100.000 €, le informaron de que el capital contratado estaba prácticamente agotado. Con estas circunstancias, si el profesional era condenado debería responder con su propio patrimonio, ya que la aseguradora no estaría obligada a hacer frente a aquellas indemnizaciones superiores que sobrepasen la suma asegurada. Es decir, lo que se conoce como el agregado anual o suma asegurada por anualidad de seguro.

Para entender este suceso vamos a definir varios conceptos:

  • Suma Asegurada por siniestro. Es la cantidad máxima que la aseguradora pagará por cada siniestro declarado. En una reclamación puede haber varios pacientes.
  • Suma Asegurada por víctima. Es la cantidad máxima que la aseguradora pagará por paciente.
  • Capital agregado anual o suma asegurada por anualidad. Es la cantidad máxima que va a pagar la compañía por todos los siniestros declarados en esa anualidad.
Capital asegurado insuficiente en seguro de Responsabilidad Civil

Lógicamente, todos los contratos de seguro tienen unos límites establecidos y hay que ser conocedores de estos extremos pues pueden condicionar nuestro futuro.

Hay que distinguir, por otro lado, los contratos de seguro de nuestros empleadores, hospitales de gestión pública/privada, consejerías de Sanidad, donde si no tenemos un seguro particular nos adherimos al mismo con sus propios límites, de las pólizas de colegios, asociaciones, etcétera. En estos últimos pagamos una prima y la suma asegurada que contratamos puede no ser para nosotros solos, sino para todo el colectivo, y nos podemos encontrar que después de haber pagado una prima no tengamos capital.

Capital de Responsabilidad Civil agotado

En este caso, el colectivo contaba con una póliza de responsabilidad civil profesional en la que la suma asegurada por año era de 2 millones de euros, capital que ya se había agotado tras hacer frente a varias reclamaciones y demandas. Concretamente, en el período de cobertura de la póliza en el centro se habían teniendo que abonar aproximadamente 1.930.000€. Todo ello en concepto de indemnizaciones y gastos de peritos y asesores médicos, abogados y procuradores.

Finalmente, el doctor tuvo que responder con su patrimonio por los gastos ocasionados que excedieron del límite anual que tenía la póliza.

Uniteco Profesional recomienda que cada profesional tenga su propia póliza de responsabilidad civil profesional. De esta forma, conoceremos los límites de capital y evitaremos que las reclamaciones de otros profesionales puedan influir en nuestro patrimonio.

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