Reclaman a un traumatólogo 80.000 euros por un consentimiento informado defectuoso

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En este caso vamos a analizar una reclamación judicial contra un traumatólogo en base a una supuesta negligencia médica. El paciente reclamó 80.000 euros por los daños y perjuicios ocasionados con motivo de una intervención a la que se sometió por la rotura del labrum de su cadera derecha.

Como se verá en este caso, las reclamaciones en las que está involucrado el consentimiento informado son muy habituales, por lo que cobra especial relevancia contar con una protección total sobre este asunto en su seguro de responsabilidad civil profesional.

Todo comenzó con la cirugía artroscópica que el doctor llevó a cabo al paciente, que presentaba un dolor progresivo desde hacía quince años en su cadera derecha por la rotura del labrum y, con el fin de evitar la colocación de una prótesis.

Antes de ser intervenido el paciente firmó los consentimientos informados de anestesia y de cirugía artroscópica. La operación fue realizada correctamente pero, desde el postoperatorio notó insensibilidad en la zona perineal y anestesia en la zona genital. Acudió a Urgencias donde fue diagnosticado de neuropatía traumática de los nervios pudendos por estiramiento y/o comprensión de los nervios entre la pelvis y el poste durante la intervención. Esto afectó a ambas ramas del pudendo, anal inferior perineal superficial y profundo y dorsal del pene, presentando hipo disestesia en la zona genital, más pronunciada en el dorso del pene y disfunción eréctil, indicando lesión persistente crónica del nervio dorsal del pene, rama del pudendo. El demandante consideró que no fue informado de que la cirugía le podría producir impotencia y la situación que presentaba a nivel genital.

La defensa del paciente alegó una infracción de la lex artis por inexistencia del consentimiento informado, al no haberse advertido al paciente de la posibilidad de la lesión en los nervios pudendos como complicación de la artroscopia a la que fue sometido. En este punto la sentencia destacó el alcance de un consentimiento informado eficaz y con conocimiento de causa dentro de toda la praxis asistencial. Se recalcó, de este modo, la importancia de informar sobre los riesgos y complicaciones que podían surgir durante una intervención y que la ausencia o carencia de estos originaría una falta de información que llevaría a una mala praxis profesional.

El juez desvirtuó por completo la validez del consentimiento informado, ya que quedó demostrado por los informes periciales que el documento que se le entregó al paciente sobre la cirugía era un formulario tipo que se suministraba a todos los pacientes que se sometían a esa clase de intervención. Aunque se trataba de un consentimiento aprobado por la Sociedad Española de Cirugía Ortopédica y Traumatología, el mismo no informaba del riesgo típico de sufrir una lesión de los nervios pudendos, una complicación que los peritos declararon como habitual en estas operaciones. No se mencionaba al facultativo como interlocutor principal para recabar los detalles del tratamiento ni el riesgo de padecer una lesión pudenda en una intervención que no tenía carácter de urgencia y a la que el paciente, de conocer estos riesgos, podía haber renunciado.

Este asunto es un claro ejemplo muy visto en los tribunales y que podemos encontrar en diversas especialidades y ámbitos sanitarios, ya que gran parte de los consentimientos informados que se entregan a los pacientes carecen de la información mínima y tienen un contenido muy escueto. Se trata de cuestiones que a la hora de enfrentarse a una reclamación son claves para defender la praxis médica del acusado.

En caso de no haber entregado un consentimiento actualizado y estrictamente riguroso nos podemos encontrar un escenario hostil aun habiendo realizado una actuación médica correcta. La ausencia o carencia en la información trasladada al paciente es considerada como acto médico por lo que se le puede imputar un resultado lesivo e indemnizable con condenas que oscilan entre los 25.000 y 150.000 euros. Condenas basadas en el simple hecho de haber privado a un paciente de la posibilidad de prevenir o evitar una posible lesión.

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