Urología: acusación de homicidio por imprudencia grave tras una intervención de próstata

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En muchas ocasiones, a lo largo de las intervenciones quirúrgicas surgen complicaciones que cambian radicalmente la manera de afrontar el tratamiento realizado hasta el momento y obligan a los profesionales a replantearse cómo afrontarlo. El reto de los facultativos en estos casos es hacerse entender por los pacientes o, como ocurre aquí, por sus familiares y, en caso de recibir una reclamación, tener un seguro con el mejor equipo de profesionales.

Para ponernos en antecedentes, el tema que nos ocupa hoy trata de un paciente de 69 años de edad que llevaba más de 20 años siendo tratado de la próstata por los facultativos del centro médico con el propósito de mejorar su calidad miccional. El tamaño de su próstata iba creciendo conforme aumentaba su edad presentando una hiperplasia benigna de próstata y un cálculo vesical, siéndole prescrita la realización de una resección transuretral.

Previamente a la operación se le realizaron las pruebas preanestésicas pertinentes y, tras suscribir el correspondiente consentimiento informado, le fue realizada la intervención endoscópica. En dicha operación se produjo una perforación a nivel del cuello vesical y, de acuerdo con lo que resultaba indicado conforme a las normas médicas generalmente aceptadas, el doctor decidió no continuar con la resección, colocándole una sonda de lavado vesical y procedió al ingreso del paciente en la UCI con administración de diuréticos y observación permanente. El paciente presentó un postoperatorio complicado y con dificultades respiratorias, hasta que tras su mejoría fue trasladado a planta donde continuó con una evolución favorable. Sin embargo un empeoramiento brusco le hizo ingresar de nuevo en la UCI falleciendo a las pocas semanas.

Los familiares del paciente presentaron una querella contra el doctor que llevó a cabo la intervención acusándole de un supuesto delito de homicidio imprudente y solicitando la pena de tres años de prisión con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y la inhabilitación especial para el ejercicio de su profesión durante cinco años. Asimismo pretendían el abono de indemnizaciones a la mujer e hijas del paciente fallecido.

La defensa, llevada a cabo por el especialistas, entre ellos el despacho DS Legal Group, manifestó su disconformidad con la calificación jurídica de los hechos y solicitó la libre absolución del doctor. Este último declaró que al haberse producido la perforación a nivel del cuello vesical y dado que el líquido de irrigación era suero salino, no resultaba adecuada la laparotomía pues ello suponía añadir un factor de riesgo elevado y no hubiera solucionado la acumulación de líquido.

Los informes médicos periciales aportados por parte de la defensa coincidían con la declaración del doctor, y así lo ratificaron en el juicio oral. A la vista del análisis de dichos informes, de la documental aportada y de las declaraciones testificales, no entendió el juez la existencia de una imprudencia profesional por parte del facultativo que realizó la operación, sino que concluyó que no se apreciaba que en la actuación del acusado se hubiera transgredido la lex artis ad hoc.

Así lo reflejaría posteriormente en la sentencia, en la que absolvía al doctor del delito de homicidio por imprudencia grave por el que había sido acusado por el Ministerio Fiscal y por la acusación particular.

 

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